Cláusula identificada en el portal
Gastos de gestión y formalización de contrato correspondientes a una mensualidad de renta (1.400€ + IVA) a cuenta del futuro arrendatario.
¿Por qué esta condición es contraria a la ley?
Desde la entrada en vigor de la Ley 12/2023 por el Derecho a la Vivienda, el artículo 20.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece con carácter imperativo que «los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán a cargo del arrendador».
Cualquier cláusula o imposición por parte de inmobiliarias o agencias que traslade al inquilino el pago de honorarios de intermediación, servicios de formalización, gastos de asesoría o costes de redacción de contrato es radicalmente nula de pleno derecho (artículo 6 de la LAU y artículo 83 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios).
Las agencias que cobran comisiones a los arrendatarios incurren en una infracción grave en materia de consumo, sancionable por las direcciones generales de consumo autonómicas con multas económicas de hasta varios cientos de miles de euros.
¿Qué debes hacer si te ofrecen o has firmado este piso?
Sigue esta hoja de ruta legal elaborada por el equipo de asesoría jurídica de FACUA:
No aceptes verbalmente la renuncia a tus derechos. Solicita que todas las condiciones se formalicen por escrito y exige que el contrato se ajuste a la LAU sin cobro de honorarios.
Conserva siempre el justificante bancario de la transferencia, la factura de la inmobiliaria y la captura del anuncio. Tienes derecho a la devolución íntegra del importe abonado indebidamente más los intereses legales.
En FACUA tramitamos las reclamaciones de reembolso para nuestros socios e interponemos denuncias sancionadoras ante las autoridades de Consumo autonómicas para castigar las malas prácticas del sector.
