📄 Texto completo del anuncio analizado
Cláusula abusiva resaltada en rojo suave
Texto íntegro extraído de la plataforma de origen con censura automática de teléfonos y datos personales según el RGPD:
Piso AMUEBLADO, con mucha luz natural (esquinero) disponible en ALQUILER.
Alquiler temporal, DISPONIBLE hasta el 30 de junio de 2027.
El piso está ubicado a tan solo 100m de la playa (segunda línea) en una urbanización cerrada con piscina y zona comunitaria en la playa de Puzol (playa premiada con bandera azul).
La vivienda está TOTALMENTE AMUEBLADA Y EQUIPADA con electrodomésticos. Consta de 2 habitaciones amplias (una de ellas con cama de matrimonio de 1,50m con canapé y gran armario empotrado y la otra amueblada con una litera con dos camas de 0,90m y armario), un cuarto de baño completo con bañera y mampara, armario empotrado en el pasillo-distribuidor y amplio salón comedor abierto a una cocina office totalmente equipada con electrodomésticos (incluso lavavajillas). El salón comedor también está comunicado con una TERRAZA muy agradable y soleada con vistas a la zona común y orientación hacia el mar.
En esta terraza podrás trabajar o comer los días soleados, es una estancia muy agradable; en cambio, los días de frío podrás disfrutar de una maravillosa luz natural dentro de la propia vivienda que te permitirá trabajar o simplemente relajarte cómodamente (al ser una vivienda esquinera tiene múltiples ventanas a través de las cuales entra muchísima luz y ventilación natural).
EXTRAS QUE INCLUYE LA VIVIENDA:
La vivienda dispone de MOSQUITERAS en todas sus ventanas, AIRE ACONDICIONADO FRÍO/CALOR de alta gama en salón con posibilidad de conexión remota desde el móvil, DOS TOLDOS en la terraza para protegerte del sol y tener mayor privacidad, REJAS en todas las ventanas y toda clase de menaje y enseres necesarios en tu día a día para que solo tengas que traer tu ropa! (sartenes, ollas, platos, vasos, cubiertos, etc.)
El MOBILIARIO y ELECTRODOMÉSTICOS son nuevos y toda la vivienda se encuentra en perfecto estado de conservación ya que es nueva por lo que estamos seguros que tu estancia será súper agradable y te encontrarás genial en esta casa!
En el precio está incluida una PLAZA DE GARAJE grande y cómoda para aparcar y un espacioso TRASTERO.
Incluye también wifi, gastos de comunidad y basura, por lo que el único gasto adicional que tendrás a parte de la renta será el consumo de los suministros de agua y luz.
IMPORTANTE:
- Alquiler temporal (no larga estancia).
- No se admiten mascotas.
- Dos mensualidades de fianza (1 fianza + 1 garantía adicional por estar la vivienda totalmente amueblada y equipada).
- Demostrar garantías económicas (es imprescindible "pasar" de seguro de impago).
Se busca inquilino/s cuidadoso, limpio, responsable y con garantías económicas. Preferiblemente una persona o pareja que necesite un alquiler temporal hasta junio (incluido) por trabajo, reforma de su vivienda habitual o cualquier otra circunstancia.
Vivienda única Y PRECIOSA que sin duda te encantará!
Si cumples con los requisitos y estás interesado no dudes en ponerte en contacto.
¿Por qué esta condición es contraria a la ley?
Obligar al inquilino a firmar un contrato de temporada (frecuentemente estipulado en 11 meses) cuando el inmueble va a ser destinado a su residencia habitual permanente constituye un fraude de ley manifiesto tipificado en el artículo 6.4 del Código Civil y una vulneración frontal del artículo 9 de la LAU.
La jurisprudencia del Tribunal Supremo es unánime: la naturaleza del contrato de arrendamiento viene determinada por el uso y destino real de la vivienda, no por el nombre o duración que le otorgue el arrendador o la agencia. Para que un contrato de temporada sea válido debe concurrir, acreditarse y documentarse una causa real y justificada de temporalidad (por ejemplo: estancia académica en otra localidad o desplazamiento laboral justificado con fecha de retorno).
Si no concurre dicha causa, el arrendatario tiene pleno derecho a acogerse a las prórrogas forzosas obligatorias que garantiza la LAU: hasta 5 años si el arrendador es persona física, o hasta 7 años si es persona jurídica o fondo inmobiliario.